Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0001/2006-R
Fecha: 03-Ene-2006
Fragmento 14
Al respecto, la doctrina constitucional en cuanto al alcance de la tutela que brinda el recurso de hábeas corpus respecto al procesamiento indebido, en las SSCC 024/2001-R, 1484/2003-R y 1689/2004-R, entre otras, ha determinado lo siguiente: “la protección que brinda el art. 18 de la Constitución Política en cuanto al debido proceso se refiere, no abarca a todas las formas en que el mismo puede ser infringido, sino sólo a aquellos supuestos en los que está directamente vinculado al derecho a la libertad personal o de locomoción, por operar como causa para su restricción o supresión, quedando por tanto las demás bajo la tutela que brinda el art. 19 constitucional (…)”.