SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0021/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0021/2006-R

Fecha: 10-Ene-2006

I.2.2. Informe de las autoridades recurridas

El Juez Técnico del Tribunal Primero de Sentencia, Humberto Betancourt Chinchilla sostuvo que el presente recurso no se adecua a ninguno de los casos en los que procede el recurso de hábeas corpus por encontrarse el proceso penal ejecutoriado, y  así se ha pronunciado la SC 1688/2004-R. Solicitó se declare improcedente el recurso.

Con la dúplica manifestó que la doctrina señala que el hábeas corpus no protege a los procesados que por negligencia no impugnaron la supuesta lesión al debido proceso y dentro de éste al derecho a la defensa, ello significaría desvirtuar la naturaleza del hábeas corpus en desmedro del rol que las leyes otorgan al amparo constitucional que es el recurso idóneo para ese tipo de reclamos.