SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0021/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0021/2006-R

Fecha: 10-Ene-2006

III.2.

III.2. La línea jurisprudencial citada es aplicable al caso en examen, así respecto al primer punto que impugna el recurrente, alegando que fue detenido sin mandamiento de aprehensión alguno por lo que se vulneró su derecho a la libertad, es necesario señalar que los antecedentes procesales remitidos a este Tribunal permiten concluir que este extremo no operó como causa directa e inmediata para la amenaza de privación a su derecho a la libertad actual; puesto que ella obedece a la Sentencia condenatoria de diez años, pronunciada el 17 de julio de 2003 por el Tribunal Primero de Sentencia, que declaró a Jimmy Huancas Mesones autor del delito de tráfico de sustancias controladas, Sentencia que se encuentra ejecutoriada, luego del recurso de apelación que en su defensa formuló su abogado defensor, pues para que el derecho a la libertad sea objeto de análisis a través de este recurso, es imprescindible que el acto considerado ilegal sea la causa directa de la supresión o amenaza de restricción de dicho derecho; de no concurrir esta circunstancia, las deficiencias procesales que desconocen la garantía del debido proceso deben ser corregidas por los órganos jurisdiccionales que conocen la causa, mediante los procedimientos ordinarios establecidos por ley, o en su defecto, a través del amparo constitucional, todo lo cual, induce a denegar la tutela impetrada.