SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0048/2006-R
Fecha: 18-Ene-2006
I.2.3. Resolución
a) Los recurridos convocaron a elecciones cuya fecha feneció el 31 de mayo a horas 18 del pasado año, siendo evidente de la prueba de cargo aportada que se amenazó el derecho como socios a elegir y ser elegido y habilitarse en el proceso eleccionario, al no haber respetado el propio directorio recurrido lo dispuesto en la convocatoria emitida por ellos mismos al haber suspendido actividades el último día, disponiendo horario continuo sin que exista ninguna orden del Ministerio de Trabajo ni tampoco ninguna resolución municipal ni prefectural para suspensión de actividades que obligue y suspenda el normal desarrollo de las elecciones dentro del presente proceso eleccionario, no obstante haber demostrado posteriormente que sí atendieron en la tarde.
c) Los recurrentes Udelmar Paz Ruiz, Vivian Roca Suárez de Velarde y Juan Bogado Burgos “pese a que existiría la amenaza, han procedido a cancelar el pago dentro de los plazos establecidos en la convocatoria” (sic) el 31 de mayo en horas de la tarde, lo que hace presumir que sus derechos no fueron lesionados ya que “voluntariamente han consentido la prórroga en este caso, que estableció el Directorio de la Cooperativa, pese a existir la orden de la tolerancia; en consecuencia el procedimiento establece que el recurso no procede contra actos consentidos” (sic) de los recurrentes nombrados. A su vez los recurrentes Ronald Velarde Ruiz y Andrés Arnez pagaron sus cuotas el 1 de junio en horas de la mañana y “al existir la amenaza de restringir derechos, el Tribunal presume de que sus derechos evidentemente han sido amenazados, han sido restringidos” (sic).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Personas recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de los recurridos
- Fragmento 6
- I.2.3. Resolución
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 14
- IV. Precisar los derechos o garantías que se consideren restringidos, suprimidos o amenazados.
- REVOCAR en parte