Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0048/2006-R
Fecha: 18-Ene-2006
II.6.
II.6. Por oficio de 2 de junio de 2005 (fs. 69), los recurridos contestaron a la misiva enviada por el co-recurrente Udelmar Paz Ruiz indicándole que ese día 31 de mayo de 2005 hicieron horario continuo hasta las 13:00, y que la secretaria en horas de la tarde fue llevada a su trabajo pese a la tolerancia ordenada para cumplir con la convocatoria, no siendo de su responsabilidad que no hubieran utilizado todo el tiempo otorgado para cambiar o modificar a los integrantes de la plancha inhabilitados, no siendo posible ampliar el plazo de las elecciones.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Personas recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de los recurridos
- Fragmento 6
- I.2.3. Resolución
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 14
- IV. Precisar los derechos o garantías que se consideren restringidos, suprimidos o amenazados.
- REVOCAR en parte