Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0048/2006-R
Fecha: 18-Ene-2006
REVOCAR en parte
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 19.IV y 120.7a de la CPE; arts. 7 inc. 8) y 102.V de la LTC, resuelve: REVOCAR en parte la Resolución de 3 de junio de 2005, cursante de fs. 102 a 105 y declarar Improcedente en todos sus extremos el recurso de fs. 60 a 61, sin costas ni multa por ser excusable.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Personas recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de los recurridos
- Fragmento 6
- I.2.3. Resolución
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 14
- IV. Precisar los derechos o garantías que se consideren restringidos, suprimidos o amenazados.
- REVOCAR en parte