SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0049/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0049/2006-R

Fecha: 18-Ene-2006

III.1.

III.1. A ese efecto, cabe señalar que, analizados los datos que informan al recurso, se tiene que el recurrente inició un procedimiento administrativo para regularizar su vehículo indocumentado, conforme al Programa Transitorio, Voluntario y Excepcional dispuesto por la Disposición Transitoria Tercera del Código Tributario Boliviano (CTB); empero, en dicho trámite el vehículo fue identificado como robado en la República de Argentina, siendo por ello secuestrado, tal como consta en la Conclusión II.1 de la presente Sentencia; dando lugar a una investigación penal que fue controlada por el Juez Segundo de Instrucción en lo Penal de Quillacollo; autoridad que en base al rechazo de las actuaciones policiales dispuso el archivo de obrados del referido proceso penal; como consecuencia de tal decisión, el Fiscal de Aduana, por Resolución de 8 de marzo de 2005, dispuso que el registro de robado del vehículo sea “desmarcado”, se levante el “reporte de robo internacional” (sic), y se proceda con su nacionalización; empero, el recurrido, mediante decreto de 30 de abril de 2005, declaró que por orden superior del Fiscal de Distrito debía paralizar todo procedimiento relativo a vehículos con reporte de robo en el extranjero “en tanto emerjan lineamientos y directrices de orden legal de instancias jerárquicamente superiores como la Fiscalía del Distrito de Cochabamba y/o Fiscalía General de la República con relación a los casos referidos precedentemente” (sic).