Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0049/2006-R
Fecha: 18-Ene-2006
REVOCAR
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 19.IV y 120.7ª de la CPE; arts. 7 inc. 8) y 102.V de la Ley del Tribunal Constitucional; en revisión resuelve REVOCAR la Resolución de 25 de mayo de 2005, cursante a fs. 112 a 115, pronunciada por la Jueza de Trabajo y Seguridad Social de Quillacollo del Distrito Judicial de Cochabamba; y CONCEDER el amparo solicitado, disponiendo que en el plazo de cuarenta y ocho horas el recurrido proceda a hacer notificar a los directores nacionales de DIPROVE y del RUAT con la Resolución de 8 de marzo de 2005; con responsabilidad civil a calificarse en ejecución de sentencia.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- emita despacho instruido para notificar a los directores nacionales de DIPROVE y el Registro Único para la Administración Tributaria Municipal (RUAT),
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- a)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- REVOCAR