SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0078/2006-R
Fecha: 25-Ene-2006
II.3.
II.3. Por memorial de 18 de marzo de 2005, la ahora recurrente Teresa Marchetti Toledo -ex esposa de Luis Fernando Montes Rojas, garante personal del préstamo contraído por Javier Guillermo Marchetti Toledo y Patricia Beckart Cortes de Marchetti- dirigiéndose al Juez recurrido, interpuso incidente de oposición al desapoderamiento y exclusión del bien inmueble embargado, asegurando ser de su propiedad y de su familia (fs. 419 a 423 vta.); mismo que previa respuesta negativa de parte del Banco demandante (fs. 425 a 430), mereció la Resolución 102/2005 de 2 de abril, dictada por el Juez recurrido que desestimó el incidente de oposición al desapoderamiento, fundamentando que la recurrente debió presentar tercería de dominio excluyente para considerar su argumento y, que por otra parte, no existiría registro del bien inmueble a nombre de Teresa Amparo Marchetti y; que respecto a la nulidad que invoca sobre el derecho de propiedad que hubiera transferido su ex esposo Luis Fernando Montes Rojas, a favor de los esposos Javier Guillermo Marchetti Toledo y Patricia Beckart Cortes de Marchetti y, consiguiente escritura de préstamo hipotecario sobre este mismo bien, dada la naturaleza del proceso ejecutivo, el hecho no tendría razón de ser, sino en proceso de conocimiento; por lo que no hace más que cumplir las determinaciones previstas por los arts. 514 y 517 del CPC (fs. 431 y vta.)