AUTO CONSTITUCIONAL 0036/2006-ECA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0036/2006-ECA

Fecha: 11-Oct-2006

II.3.

II.3. En cuanto al por qué se mantuvo el precedente contenido en la SC 0062/2006 y se explique la razón por la que dicho entendimiento no fue modulado, pese a existir, a su juicio, suficiente contenido jurídico constitucional para hacerlo, se tiene que en criterio de este Tribunal no existía mérito alguno para realizar dicha modulación, por cuanto los casos compulsados con motivo de aquella Sentencia y de la presente eran sustancialmente análogos, al punto de que inclusive se trataba de un mismo Vocal, por lo que sería contrario a toda lógica jurídica y al mismo tiempo lesivo al principio de igualdad, que en el caso presente se haya aplicado un criterio diferente, siendo que este Tribunal se encuentra sujeto invariablemente a sus precedentes y en los casos en que se tenga que modular e inclusive cambiar un entendimiento jurisprudencial puede hacerlo pero de manera razonada y debidamente fundamentada.