AUTO CONSTITUCIONAL 0036/2006-ECA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0036/2006-ECA

Fecha: 11-Oct-2006

II.4.

II.4. Finalmente, respecto a lo señalado en el apartado I.4., la petición rebasa los límites establecidos en el art. 50 de la LTC, pues pretende que se realicen afirmaciones interesadas, que podrían desvirtuar o desconocer lo dicho en el fallo, siendo que esta vía no es el medio para que el Tribunal Constitucional cambie su decisión de fondo, abordando o resolviendo cuestiones que no tienen relación ni son pertinentes con los fundamentos relevantes del fallo y que ya fueron debidamente analizados.