AUTO CONSTITUCIONAL 297/2006-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 297/2006-RCA

Fecha: 05-Oct-2006

I.1. Síntesis de la demanda

Por memorial presentado el 25 de marzo de 2006, cursante de fs. 15 a 18 vta. de obrados, el recurrente alega que por la presunta comisión de los delitos sancionados por los arts. 335 y 337 del Código Penal (CP), la recurrida Fiscal el 4 de enero de 2006 presentó acusación en su contra y como prueba de dichos delitos adjuntó contratos contractuales y sinalagmáticos de anticrético suscritos por mutuo acuerdo, los mismos que a criterio suyo no tienen valor probatorio por no haber sido reconocidos conforme al art. 13 del Código de Procedimiento Penal (CPP), art. 1289.I del Código Civil (CC) y arts. 491 inc. 3), 1430 y 1287 del Código de Procedimiento Civil (CPC), situación que no fue observada por la Fiscal acusadora, ante lo cual presenta recurso de amparo constitucional solicitando sea declarado procedente y se anule la Resolución Acusatoria de 4 de enero de 2006.