Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 308/2006-RCA
Fecha: 10-Oct-2006
APROBAR
El Tribunal Constitucional a través de la Comisión de Admisión, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confieren los arts. 19.IV y 120.7ª de la CPE; y arts. 7 inc. 8) y 102.V de la LTC, con los fundamentos expuestos resuelve, en revisión APROBAR la Resolución “05/2005” de 15 de mayo de 2006, cursante a fs. 93, pronunciada por la Sala Penal de la Corte Superior del Distrito Judicial de Tarija.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de la demanda
- improcedente in límine
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- Fragmento 5
- o en su caso cualquier otro medio de reclamación ante el particular, autoridad o tribunal que se considere hubiese causado o esté causando el agravio,
- Fragmento 7
- agotamiento de todas las instancias dentro del proceso o vía legal, sea administrativa
- APROBAR