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    AUTO CONSTITUCIONAL 308/2006-RCA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 308/2006-RCA

    Fecha: 10-Oct-2006

    improcedente in límine

    El Tribunal de amparo mediante Resolución “05/2005”, de 15 de mayo de 2006, cursante de fs. 93 a 94, declaró improcedente in límine el recurso, argumentando que los recurrentes no agotaron todos los medios o recursos para plantear el recurso de amparo constitucional, ya que debieron exigir al Director de Desarrollo Urbano remitir antecedentes al superior jerárquico y en caso de persistir la omisión o negativa, apersonarse directamente ante la instancia superior.

    • Fragmento 1
    • I.1. Síntesis de la demanda
    • improcedente in límine
    • II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
    • Fragmento 5
    • o en su caso cualquier otro medio de reclamación ante el particular, autoridad o tribunal que se considere hubiese causado o esté causando el agravio,
    • Fragmento 7
    • agotamiento de todas las instancias dentro del proceso o vía legal, sea administrativa
    • APROBAR

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