AUTO CONSTITUCIONAL 310/2006-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 310/2006-RCA

Fecha: 18-Oct-2006

Fragmento 1

En revisión la Resolución de 10 de marzo de 2006, cursante de fs. 97 a 98, pronunciada por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro del recurso de amparo constitucional interpuesto por Adolfo Suárez Heredia en representación legal de Carmelo Arias Ribera,  Carlos Sandoval Alpire y Jefferson Velasco Torrez socios de la Cooperativa de Ahorro y Crédito “San Martín de Porres” Ltda., contra Francisco Ugarte Pérez, Presidente del Consejo de Administración de la Cooperativa de Ahorro y Crédito “San Martín de Porres” Ltda.; Santiago Alex Galvez Madani, Presidente del Consejo Nacional de Cooperativas; Tomas Quiroz Cartagena, Vice Ministro de Cooperativas; Jorge Calle Mostajo, Director Nacional de Cooperativas y Eduardo Higazo Rivero, Director Regional de Cooperativas, alegando la vulneración de los derechos de sus representados a reunirse y asociarse, formular peticiones individuales y colectivas, a elegir y ser elegido, al sufragio y la garantía del debido proceso y, haciendo mención a los arts. 7 inc. c) y h),  8 inc. a) y h), 16. IV, 31, 32, 34 y 219 de la Constitución Política del Estado (CPE).