AUTO CONSTITUCIONAL 310/2006-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 310/2006-RCA

Fecha: 18-Oct-2006

rechazó in límine

El Tribunal de amparo, Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, mediante Resolución de 10 de marzo de 2006, cursante de fs. 97 a 98, rechazó in límine el recurso, con el fundamento que la parte recurrente planteó con anterioridad a la interposición de la presente demanda constitucional, ante el Director Regional de Cooperativas y el Presidente del Consejo Nacional de Cooperativas, recursos de impugnación mediante los cuales objetó la postulación de Francisco Ugarte Pérez, al Consejo de Administración y la celebración de la XXXIX Asamblea Ordinaria de la Cooperativa “… en si, se impugna el acto eleccionario celebrado al interior de la Cooperativa de San Martín de Porres Ltda.” (sic), impugnación que alternativamente se pretende ahora efectuar por la vía constitucional, sin que conste resolución o determinación alguna respecto de  las realizadas, concurriendo la causal de improcedencia establecida por el art. 96.3 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC).