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    AUTO CONSTITUCIONAL 317/2006-RCA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 317/2006-RCA

    Fecha: 18-Oct-2006

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    • revisión
    • I.1. Síntesis de la demanda
    • improcedente in límine
    • II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
    • Fragmento 5
    • el trámite de impugnación de convocatorias para el cargo de Directores de Unidades Educativas debe ser realizado en primer lugar ante el Comité de Selección, luego ante el Director de Desarrollo Social de la Prefectura de quien depende funcionalmente el Director Departamental de Educación y finalmente y a nivel nacional ante el Ministro de Educación, Cultura y Deportes
    • Fragmento 7
    • II.3.  Sobre la resolución del Tribunal de amparo
    • APROBAR,

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