II.2.3.
II.2.3. En el caso que se analiza, de los antecedentes que cursan en obrados se evidencia que el incidentista interpuso el recurso contra la actuación tanto del Juez de origen como de los Vocales de la Sala Civil Primera, pidiendo la nulidad “del auto definitivo de 8 de septiembre del año en curso y del Auto de Vista de 22 de febrero del presente año”, pero no dirige su acción contra una determinada norma jurídica, extremo que, como se tiene anotado, determina la inadmisibilidad del recurso.
