rechazó
La Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, mediante Resolución de 13 de septiembre de 2006, cursante a fs.32, rechazó la solicitud de promover el incidente con el argumento de que el mismo fue interpuesto extemporáneamente, toda vez que el proceso ejecutivo de referencia se encuentra con fallos ejecutoriados, y por consiguiente tiene calidad de cosa juzgada.
En consecuencia, no se dan los presupuestos para la admisión del presente recurso incidental de inconstitucionalidad, por lo que la Sala Civil Segunda del Distrito Judicial de Santa Cruz al haber rechazo promover el recurso aunque con fundamentos diferentes actuó correctamente por lo que corresponde aprobar el rechazo.
