Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0084/2006
Fecha: 20-Oct-2006
III.1. Alcances del control de constitucionalidad
El art. 54 de la LTC, prevé que: “El recurso directo o abstracto de inconstitucionalidad procederá contra toda ley, decreto o cualquier género de resolución no judicial, contraria a la Constitución Política del Estado como acción no vinculada a un caso concreto”, constituyendo una acción constitucional extraordinaria que tiene por finalidad el control objetivo de las disposiciones legales ordinarias para establecer su compatibilidad o incompatibilidad con los principios, declaraciones, preceptos y normas de la Constitución, con el objeto de realizar una depuración del ordenamiento jurídico del Estado (SC 0009/2003, de 3 de febrero).
- recurso directo o abstracto de inconstitucionalidad
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- admitió
- a)
- I.4. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Alcances del control de constitucionalidad
- Fragmento 8
- III.3. Institutos jurídicos concurrentes a la problemática a resolver
- III.3.1. El principio de
- III.3.2. Principio de jerarquía normativa
- III.4. El examen de constitucionalidad en el presente caso
- III.4.1.
- Fragmento 14
- IMPROCEDENTE