SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0960/2006-R
Fecha: 02-Oct-2006
1)
Los Vocales recurridos en el informe escrito de fs. 228 a 229, señalan: 1) dictaron la Resolución 464/06, de 3 de agosto de 2006, luego de examinar el cuaderno de apelación, lo expuesto por las partes y las literales cursantes en obrados, asumiendo convicción de que la apelante no demostró en forma fehaciente que la Jueza inferior haya hecho mala aplicación del art. 233 del CPP; 2) el Fiscal demostró en audiencia que se mantenían firmes los indicios de que la recurrente era con probabilidad autora de los delitos incriminados, así como los elementos de convicción sobre el peligro de fuga, ya que la imputada no acreditó su situación laboral actual e intentó un viaje definitivo a Chile en forma coincidente con la denuncia y apertura de la investigación; 3) el peligro de obstaculización se establece por la reunión que tuvo con el ex Presidente del Banco Central de Bolivia, de lo cual se evidenció contradicción en las declaraciones; y 4) las autoridades judiciales deben garantizar la presencia de los imputados en todas las etapas del proceso con la finalidad de que no evadan la acción de la justicia.