SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0984/2006-R
Fecha: 09-Oct-2006
a)
La Jueza Técnica correcurrida, Cristina Rodríguez Zegarra en audiencia, adujo lo siguiente: a) el Juez Técnico codemandado renunció al cargo encontrándose vacante el mismo desde el 15 de agosto de 2006; b) el presente recurso está erróneamente planteado porque si bien su autoridad conforma el Tribunal Cuarto de Sentencia, no es la autoridad que limitó el derecho de libertad de los imputados, pues desde el inicio del proceso existió una actitud manifiesta de los imputados, particularmente de los esposos “Mamani - Cruz”, para evitar que se lleve a cabo la audiencia de juicio, buscando llegar a los dieciocho meses sin que en su contra se dicte Sentencia; c) la correcurrente Norma Gutiérrez Nieto de Cruz ya fue condenada por el mismo delito que ahora se le imputa con el antiguo sistema procesal penal, condena que está pendiente de cumplimiento; d) desde febrero de 2006 no consta en el expediente del caso su firma en ningún decreto o decisión relativa a “solicitudes de detención preventiva” u otras, a más de que la ausencia del Fiscal en la causa por cerca de cinco meses no es su responsabilidad; e) cuando asumió conocimiento del proceso, no tenía noticia de que se pretendía interponer el presente recurso, dispuso junto a uno de los Jueces Ciudadanos la cesación de la detención preventiva de los recurrentes, quienes deben cumplir medidas sustitutivas. Solicitó se declare improcedente el recurso.
El Juez Técnico correcurrido, Guillermo Cuentas Román, no asistió a la audiencia ni presentó informe legal alguno, si bien a fs. 57 cursa la representación de la Oficial de Diligencias de la Corte de hábeas corpus de 22 de agosto de 2006, en la que consta que no se efectivizó la notificación a dicho Juez Técnico por cuanto se informó a la citada Oficial de Diligencias que éste había renunciado a su cargo el 15 de agosto de 2006. El Presidente de la Corte de hábeas corpus por decreto de 22 de agosto de 2006, dispuso tener presente la representación aludida y ordenó se prosiga con las diligencias pertinentes.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- la citación con la demanda de hábeas corpus es de inexcusable cumplimiento
- será citada personalmente o por cédula en su oficina
- III.2. Caso examinado
- ANULAR