Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0984/2006-R
Fecha: 09-Oct-2006
ANULAR
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 18.III y 120.7ª de la CPE; arts. 7 inc. 8) y 93 de la Ley del Tribunal Constitucional, con los fundamentos expuestos resuelve en revisión, ANULAR obrados hasta que el Juez Técnico correcurrido, Guillermo Cuentas Román, sea legalmente citado en su domicilio particular; y se llama la atención a la Corte de hábeas corpus por no cumplir su deber de velar porque el trámite del recurso se lleve a cabo sin errores procesales.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- la citación con la demanda de hábeas corpus es de inexcusable cumplimiento
- será citada personalmente o por cédula en su oficina
- III.2. Caso examinado
- ANULAR