Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0984/2006-R
Fecha: 09-Oct-2006
II.3.
II.3. Interpuesto el presente recurso el 21 de agosto de 2006, por Auto de 22 de agosto de 2006, el Tribunal de hábeas corpus admitió el recurso y dispuso la notificación de las partes (fs. 53 a 56); por representación de la misma fecha, la Oficial de Diligencias de la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de la Paz, informó que no notificó al correcurrido Guillermo Cuentas Román, debido a que renunció a su magistratura el 15 de agosto de 2006; representación que mereció el decreto de 22 de agosto de 2006, por el que se tuvo presente el informe y se dispuso que se prosigan las diligencias pertinentes (fs. 57).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- la citación con la demanda de hábeas corpus es de inexcusable cumplimiento
- será citada personalmente o por cédula en su oficina
- III.2. Caso examinado
- ANULAR