Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1003/2006-R
Fecha: 16-Oct-2006
APROBAR
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 19.IV y 120.7ª de la CPE; arts. 7 inc. 8) y 102.V de la LTC; en revisión resuelve APROBAR la Resolución 731/2005, de 30 de noviembre, cursante de fs. 442 a 443, pronunciada por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz; modificando la parte resolutiva declarando IMPROCEDENTE el amparo solicitado, con multa de Bs200.-.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- Fragmento 4
- Fragmento 5
- Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La improcedencia del amparo constitucional por nulidad del acto reclamado
- III.2. La nulidad del procedimiento administrativo de licitación por decisión del Concejo Municipal
- III.3.
- III.4.
- APROBAR