SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1041/2006-R
Fecha: 20-Oct-2006
concediendo
Concluida la audiencia, el Tribunal del recurso dictó Resolución concediendo el amparo solicitado, anulando el Auto de concesión del recurso de apelación de 1 de diciembre de 2005 y disponiendo que el Juez ejecutor declare mediante resolución expresa la ejecución plena de la Resolución 760/2005, sea con responsabilidad, con los siguientes fundamentos: 1) emitida la Resolución 760/2005, de 31 de octubre, ordenando a la ADSIB cancele a la demandante la cantidad de $us7.900.-, la citada Agencia interpuso recurso de apelación que fue concedido por el Juez ejecutor en el efecto devolutivo, vulnerando de esa manera el art. 70.III de la LAC, toda vez que dicha disposición legal de manera expresa determina que las resoluciones judiciales que se dicten en esa materia no admitirán impugnación ni recurso alguno, estando prohibido al Juez ejecutor admitir recursos que entorpezcan la ejecución del Laudo, siendo nula la Resolución respectiva; 2) la autoridad recurrida no podía aplicar los arts. 517 y 518 del CPC que se encuentran reservados a resoluciones judiciales dictadas en materia civil o familiar; en cuanto al art. 219 del mismo Código, existiendo una ley especial de conciliación y arbitraje bajo cuyo texto se dictó el Laudo Arbitral y que prohíbe expresamente el recurso de impugnación a las resoluciones dictadas en esa materia, el Código de Procedimiento Civil no puede ser aplicado en el presente caso.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- concediendo
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Alcance y naturaleza del auxilio judicial para la ejecución de laudos arbitrales
- III.2. Recurribilidad de resoluciones en ejecución de laudos arbitrales
- III.3. El caso en análisis
- APRUEBA