Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1041/2006-R
Fecha: 20-Oct-2006
I.2.3. Intervención del tercero interesado
El abogado del tercero interesado manifestó en audiencia lo siguiente: dentro del recurso interpuesto no se han agotado todas las vías, ya que luego de la notificación con “la concesión” la parte recurrente no presentó ninguna solicitud de complementación o enmienda, por tanto, en virtud al principio de subsidiariedad solicitó se declare improcedente el recurso.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- concediendo
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Alcance y naturaleza del auxilio judicial para la ejecución de laudos arbitrales
- III.2. Recurribilidad de resoluciones en ejecución de laudos arbitrales
- III.3. El caso en análisis
- APRUEBA