SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1048/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1048/2006-R

Fecha: 20-Oct-2006

1)

Expresa que acude a la jurisdicción constitucional por lo siguiente: 1) en ningún momento fue debidamente notificado con las actuaciones realizadas en el citado proceso, así la citación con la demanda se practicó en un domicilio falso en complicidad con el Oficial de Diligencias; no se lo notificó con la confesión provocada, y se lo notificó con la Sentencia en otro domicilio; 2) se lo declaró rebelde sin otorgarle Defensor de Oficio; 3) en el juicio no intervino el Ministerio Público ni la Defensoría de la Niñez, pese a ser una causa que involucra los derechos de una menor, empero en el expediente original cursa una diligencia de notificación a la Defensoría de la Niñez y Adolescencia; 4) el Auto de relación procesal fue notificado a una persona ajena al proceso, viciando de nulidad el mismo, pues jamás se habilitaron los “cincuenta días de prueba” (sic), por ello, el ofrecimiento de pruebas del expediente es inexistente y extemporáneo; 5) los testigos de cargo de Silvia Tatiana Rivera Prudencio coinciden en señalar que fue ella quien les dijo que estaba embarazada de su persona; sin embargo, la única prueba plena como es la del análisis de ácido desoxiribonucléico (ADN), no se hizo efectiva; 6) los mandamientos de apremio que se emitieron en su contra fueron librados por incumplimiento de “asistencia familiar” cuando debieron darse por incumplimiento de pago de gastos de gestación y parto como señala la Sentencia.