SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1048/2006-R
Fecha: 20-Oct-2006
II.4.
II.4. Mediante Sentencia 211/2005, de 27 de septiembre (fs. 35 a 36) se declaró probada la demanda en consecuencia establecida la filiación de la menor Luhana Rivera como hija biológica consanguínea del recurrente y de Silvia Tatiana Rivera Prudencio, disponiendo que se inserte el apellido “Porras” en el registro de nacimiento de la menor, y condenando al recurrente al pago de gastos de parto en la suma de Bs2543.- (dos mil quinientos cuarenta y tres bolivianos), y al pago de asistencia familiar de seis semanas anteriores y posteriores al nacimiento, en el monto de Bs900.- (novecientos bolivianos) a favor de Silvia Tatiana Rivera Prudencio. Fallo que fue declarado ejecutoriado por providencia de 8 de diciembre de 2005 (fs. 38 vta.).