Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1088/2006-R
Fecha: 30-Oct-2006
III.1.
III.1. En principio corresponde señalar que la norma consagrada por el art. 19 de la CPE ha instituido el amparo constitucional como un recurso extraordinario que otorga protección inmediata contra los actos ilegales y las omisiones indebidas de autoridades o particulares que restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir derechos y garantías fundamentales de la persona y que son reconocidos por la Constitución y las leyes.