AUTO CONSTITUCIONAL 358/2006-RCA
Fecha: 16-Nov-2006
rechazó in límine
Por Resolución 336/2006, pronunciada el 10 de agosto, cursante de fs. 172 a 173, el Tribunal de amparo, Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca, rechazó in límine el recurso, argumentando la causal de improcedencia reglada prevista por el art. 96.3 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), por cuanto el recurrente interpuso con anterioridad dos recursos de amparo constitucional ante las Salas Civiles de dicha Corte, que fueron rechazados in límine por Autos 174/2006, de 21 de junio y 260/2006, de 27 de junio, sin haber sido impugnados en cumplimiento del AC 0107/2006-RCA; vale decir, no agotó los mecanismos que tenía a su alcance para lograr la consideración de su derecho, si correspondía.
- recurso de amparo constitucional
- I.1. Síntesis de la demanda
- rechazó in límine
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- 1.
- Fragmento 6
- I.-
- Fragmento 8
- Tribunal de amparo y las circunstancias por las que debió ser admitido-; dentro del plazo razonable de tres días hábiles computables a partir del día siguiente de su notificación con la Resolución respectiva
- rechazar in limine
- 2º Recomendar