Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 363/2006-RCA
Fecha: 17-Nov-2006
así como el memorial por el que solicitó el 24 de agosto de 2006
El 24 de agosto de 2006, el recurrente presentó memorial subsanando las observaciones efectuadas, adjuntando copias con los cargos de presentación de los documentos solicitados, la Resolución 395/2004, de 8 de septiembre, notificada mediante cedulón (fs. 59 a 60 vta.), que resuelve el primer incidente de nulidad, que se encontraban en su archivo- según señala-, así como el memorial por el que solicitó el 24 de agosto de 2006, al Juzgado Séptimo de Partido en lo Civil la extensión de las fotocopias extrañadas.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de la demanda
- anulando
- rechazó
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- 1.
- II.2. Sobre los requisitos de admisión del recurso de amparo constitucional
- I.-
- contenido
- fotocopias legalizadas de los dos incidentes de nulidad planteados
- así como el memorial por el que solicitó el 24 de agosto de 2006
- el recurrente, dentro del plazo concedido, acreditó
- a)