AUTO CONSTITUCIONAL 365/2006-RCA
Fecha: 17-Nov-2006
Fragmento 1
En revisión la Resolución 46/2006, de 4 de agosto, cursante a fs. 118 de obrados, pronunciada por la Sala Social y Administrativa Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del recurso de amparo constitucional interpuesto por Vladimir Gutiérrez Ramírez en representación del Gobierno Municipal de La Paz contra Rigoberto Paredes Encinas, Juez Duodécimo de Partido en lo Civil; Javier Percy Bravo Arroyo y Ricardo Alarcón Pozo, Vocales de la Sala Civil Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, alegando la vulneración del derecho a la seguridad jurídica, a la petición, a la defensa, igualdad, juez natural e imparcial, a la garantía al debido proceso y al principio de legalidad de la Entidad que representa, mencionando sólo el art. 7 incs. a) y h) de la Constitución Política del Estado (CPE).
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de la demanda
- improcedente in límine
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- 1.
- improcedencia in limine
- 2.
- I.-
- pero no así de los informes y notas internas que tienen origen en la misma Alcaldía
- 3º Recomendar a la Sala Social y Administrativa Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz