AUTO CONSTITUCIONAL 573/2006-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 573/2006-CA

Fecha: 17-Nov-2006

II.1. Norma jurídica impugnada y normas constitucionales infringidas

Se demanda la inconstitucionalidad de la frase “sin recurso ulterior” del art. 535 del CPC, señalándose como normas constitucionales infringidas los arts. 1.II, 6.II, 16.IV, 116.X y 228 de la CPE, así como el art. 8.II inc. h) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos o Pacto de San José de Costa Rica.