Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0088/2006
Fecha: 16-Nov-2006
II.4.
II.4. A través de memorial presentado el 8 de mayo de 2006, el recurrente solicitó a los Vocales de la Sala Civil Cuarta de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dejen sin efecto el proveído de 28 de abril de 2006 (fs. 1770 y vta.); dando lugar a que mediante Resolución de 9 de mayo de 2006, los citados Vocales, mantengan la determinación de enviar la apelación a la Sala Civil siguiente en número (fs. 1771).
- recurso directo de nulidad
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- admitió
- I.3. Alegaciones de la autoridad recurrida
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 10
- III.1. Competencia del Tribunal Constitucional y naturaleza del recurso directo de nulidad
- III.2.
- III.3.
- III.4.
- INFUNDADO