Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1103/2006-R
Fecha: 01-Nov-2006
II.2.
II.2. La Fiscal Adjunta hoy recurrida, emitió mandamiento de comparendo para los querellados (fs. 82 a 86), siendo Jacinto Charco Chura, notificado el 22 de mayo de 2006 (fs. 87), para que se presente el 24 de mayo de 2006 en oficinas de la Fiscalía. Dicha autoridad, el 2 de junio de 2006 (fs. 88), comunicó al Juez cautelar el inicio de las investigaciones.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1.Hechos que motivan el recurso
- a)
- 1)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.5.
- todo imputado que considere que en el curso del proceso investigativo ha sufrido una lesión de un derecho fundamental, entre ellos, el derecho a la libertad
- no se puede acudir directamente al recurso de hábeas corpus denunciando dichos extremos, si antes no se impugnaron ante la autoridad encargada del control jurisdiccional,
- III.2. El caso ahora analizado
- III.3. Finalidad del recurso de hábeas corpus
- APRUEBA