SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1163/2006-R
Fecha: 20-Nov-2006
i)
El recurrente afirma que se vulneraron sus derechos a la libertad de locomoción y a la defensa al señalar que a raíz de que se dictó Sentencia condenatoria en su contra a treinta años de presidio sin derecho a indulto por los delitos de asesinato y violación, se revocaron las medidas sustitutivas y se dispuso su detención preventiva, habiéndose incurrido en las siguientes ilegalidades: i) no se le notificó personalmente con la Resolución ni se le entregó copia de la misma a efecto de tener conocimiento de lo determinado y ejercitando su derecho a la defensa interponer los recursos de ley; ii) la Resolución no está debidamente fundamentada, señalando únicamente que como se ha dictado Sentencia condenatoria, encontrándose en libertad, evadiría su cumplimiento; iii) los Vocales correcurridos en apelación confirmaron la Resolución indicando que al existir Sentencia condenatoria es un deber imperativo revocar la medida cautelar, y que conforme a la SC 0012/2006-R la fundamentación no está sujeta a un formato específico sino que debe realizársela en forma apropiada. Por consiguiente, se debe determinar en revisión, si corresponde o no otorgar la tutela que brinda el art. 18 de la CPE.