SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1174/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1174/2006-R

Fecha: 22-Nov-2006

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El recurrente afirma que se ha vulnerado su derecho al trabajo, reconocido por el art. 7 inc. d) de la CPE, por cuanto a pesar que el Concejal titular del Municipio de  Licoma -del que fue su suplente- pidió al Juez de Partido y Sentencia de Inquisivi su posesión, que le fue ministrada, por no tener aquél la documentación necesaria (libreta de servicio militar), y el Concejo Municipal, haberlo habilitado como Concejal titular; el mismo Juez, posteriormente, sin ninguna competencia e incurriendo en la nulidad prevista por el art. 31 de la CPE, ministró posesión al que fuera elegido como su titular no obstante que sólo podía hacerlo dentro de los treinta días de instalado el Gobierno Municipal tal como se infiere de la SC 1025/2001-R, de 20 de septiembre, cuyo entendimiento es vinculante y obligatorio. Por otra parte, el Concejo Municipal a pesar de la renuncia tácita del citado ciudadano a su mandato y en conocimiento de que aquél trabajó como funcionario en la Alcaldía desde febrero hasta septiembre, de 2005, autorizó su incorporación y lo nombró Secretario del Concejo, modificando al mismo tiempo, la Resolución relativa a la constitución de la Directiva del Concejo Municipal y dejando sin efecto las Resoluciones por las que a él se lo habilitó y ratificó como Concejal titular. Por consiguiente, corresponde determinar en revisión, si se justifica otorgar la tutela que brinda el art. 19 de la CPE.