SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1178/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1178/2006-R

Fecha: 23-Nov-2006

III.3.

III.3. Igualmente, corresponde señalar que la Disposición Transitoria Primera del Código de Procedimiento Penal (CPP), dispone que las causas en trámite continuarán rigiéndose por el Código de Procedimiento Penal de 1972 y la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas, cuyo art. 119 inc. a), por otra parte, señala que la Sentencia de primera instancia, además de los requisitos exigidos por el art. 242 del Código de Procedimiento Penal de 1972 (CPP.1972), deberá determinar la situación de los bienes, valores, acciones incautados tanto a procesados como a terceros, ordenando su remate en pública subasta salvo los casos en que el Estado les asigne un fin social.