Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1190/2006-R
Fecha: 28-Nov-2006
III.2.
III.2. En la problemática planteada, se tiene acreditado que por RA 001/06, la Directora General Ejecutiva del Servicio Nacional de Migración, resolvió revocar las visas de objeto determinado concedidas a los representados del recurrente y expulsarlos del territorio nacional, encargando su ejecución a la Dirección Nacional de Inspectoría y Arraigos de esa Dirección; decisión, que fue confirmada en todas sus partes por RA 021/06, pronunciada por el Viceministro de Régimen Interior del Ministerio de Gobierno.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- improcedente
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- sin que el extranjero sujeto a esa decisión, pueda permanecer en el país, en calidad de detenido ni arrestado, salvo que se inicie investigación penal en su contra por algún delito que se le atribuya