Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 394/2006-RCA
Fecha: 14-Dic-2006
Recurso:
Recurso: amparo constitucional Distrito: Cochabamba
- Recurso:
- Fragmento 2
- I.1. Síntesis de la demanda
- rechazó
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- 1. rechacen el recurso, ya sea por incumplimiento de requisitos de fondo o por falta de subsanación de los requisitos de forma dentro del plazo establecido por el art. 98 de la LTC,
- falta de inmediatez
- la inmediatez no sólo debe ser entendida como la no interposición del recurso de amparo constitucional dentro del plazo de seis meses
- los razonamientos de las resoluciones constitucionales pueden ser aplicados en los procesos que están en curso
- 15 de marzo de 2006
- APROBAR