Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1249/2006-R
Fecha: 08-Dic-2006
I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
El recurrente aclaró en primer término que había agotado las instancias previas al recurso al haber apelado de la Resolución 387/2006, de 6 se septiembre. También, señaló que concurrió a las oficinas de la FELCC a solicitud de la Embajada de China para conocer la situación jurídica de Bin Xin Zhang Zhang, en ese sentido, la Jueza recurrida debió determinar en la audiencia cautelar si el Fiscal observó la legalidad formal y material de la aprehensión, pues nunca fue citado por comparendo a objeto de que preste alguna declaración, ni se presentó una situación de flagrancia, además no valoró la prueba presentada en la audiencia de cesación de detención preventiva.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- procedente
- II.1.
- i)
- III.1.
- para resolver de manera excepcional aquellos supuestos en los que el recurso, por error en la identidad, es dirigido contra una autoridad distinta pero de la misma institución, rango o jerarquía e idénticas atribuciones, a la que cometió efectivamente el acto ilegal, y sólo cuando éste es manifiestamente contrario a la ley y existen los elementos de convicción pertinentes que lo acrediten
- en aquellos casos en los que el acto denunciado como ilegal es ejecutado por una autoridad y es otra la competente para revisar esa actuación a efecto de modificar, confirmar o revocar el acto puesto en su conocimiento, el recurso debe ser interpuesto contra ambas autoridades al tener legitimación pasiva
- III.2.
- III.3.
- REVOCAR