Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1249/2006-R
Fecha: 08-Dic-2006
procedente
La Resolución 31/2006, de 8 de noviembre, cursante de fs. 56 a 58, en desacuerdo con el requerimiento fiscal, declaró procedente el recurso, sin costas; por ende, dispuso que la autoridad judicial recurrida, aplique medidas sustitutivas a la detención preventiva contra el recurrente, señalando al efecto audiencia pública, con los siguientes argumentos:
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- procedente
- II.1.
- i)
- III.1.
- para resolver de manera excepcional aquellos supuestos en los que el recurso, por error en la identidad, es dirigido contra una autoridad distinta pero de la misma institución, rango o jerarquía e idénticas atribuciones, a la que cometió efectivamente el acto ilegal, y sólo cuando éste es manifiestamente contrario a la ley y existen los elementos de convicción pertinentes que lo acrediten
- en aquellos casos en los que el acto denunciado como ilegal es ejecutado por una autoridad y es otra la competente para revisar esa actuación a efecto de modificar, confirmar o revocar el acto puesto en su conocimiento, el recurso debe ser interpuesto contra ambas autoridades al tener legitimación pasiva
- III.2.
- III.3.
- REVOCAR