SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1302/2006-R
Fecha: 18-Dic-2006
II.1.
II.1. De fs. 1 a 2 cursa un acta de audiencia pública de ofrecimiento de fianza económica, celebrada el 6 de octubre de 2006, dentro del proceso penal seguido a instancia del Ministerio Público contra Giancarlo Pascuale Flores, fungiendo como abogado patrocinante el ahora recurrente Irslam Luis Gruich Veizaga.
Con el uso de la palabra la Fiscal recurrida Lilian Delma Ferrufino Rodríguez adujo que, verificada la documentación ofrecida el 30 de septiembre de 2006, se establece que la misma es falsa, estableciéndose en su mérito que el imputado ha incurrido en el delito flagrante de falsedad ideológica y material, por lo que solicita se disponga la aprehensión del abogado, del imputado y del fiador y se niegue el ofrecimiento de fianza.
Seguidamente el Tribunal Primero de Sentencia procedió a dictar el Auto de la fecha, a través del cual ordenó que ante la existencia de indicios que hacen presumir la falsedad de la literal exhibida, la misma se rechaza, ordenando la remisión de antecedentes al Ministerio Público para el inicio de la investigación por el delito de uso de instrumento falsificado, previsto y sancionado en el art. 203 del CP, ordenándose la entrega de la documentación acompañada por el imputado el 30 de septiembre de 2006, a la autoridad fiscal.