Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1305/2006-R
Fecha: 18-Dic-2006
II.3.
II.3. A través del memorial presentado el 22 de noviembre de 2005 (fs. 44) Isaac Yanco Coria Berindoague y otra, solicitaron al Juez Primero de Partido en lo Civil disponer la inscripción de la adjudicación del inmueble en cuestión, señalando que en el registro de Derechos Reales se les negó inscribir la misma, con el argumento de que existía una capitulación matrimonial. El Juez Segundo de Partido en lo Civil de entonces, Javier Salinas R., dispuso se expida provisión ejecutorial al fin impetrado, por decreto de 28 de noviembre de 2005 (fs. 44 vta.).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- El Recurso de Amparo no procederá contra las resoluciones judiciales que por cualquier otro recurso puedan ser modificadas o suprimidas aún cuando no se haya hecho uso oportuno de dicho recurso
- III.2. Caso analizado