SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0112/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0112/2006-R

Fecha: 01-Feb-2006

concediendo en parte

Concluida la audiencia, el Tribunal de amparo dictó resolución concediendo en parte el recurso, ordenando que los recurridos se abstengan de ejercitar acciones tendientes a restringir los derechos de la menor y su progenitora al uso de áreas comunes y servicios básicos en el inmueble que ocupan e improcedente respecto a la entrega del bien inmueble, con los siguientes fundamentos: 1) si bien constituye un hecho demostrado el derecho de propiedad que tiene la menor representada por la recurrente sobre el inmueble ubicado en la calle 22 número 8284 de la zona de Calacoto, también es evidente que los recurridos vienen ocupando dicho inmueble a resultas de un contrato de anticresis; en ese sentido la norma prevista por el art. 1431 del Código civil (CC) determina que la anticresis confiere al acreedor derecho de retención y de preferencia, concordante con lo dispuesto por los arts. 1393 y 1435.III del mismo Código; empero, si bien los recurridos ocupan el inmueble amparados en el contrato de anticresis, ello no implica el hecho de que tengan que ejercitar acciones tendientes a privar a otras personas que habitaran el inmueble de los derechos de libre circulación por áreas comunes y restringir el uso de servicios básicos, máxime si dichas restricciones afectan a menores de edad, como es el caso de la menor representada por la recurrente; 2) la recurrente sigue un proceso penal por el delito de despojo contra el recurrido, proceso que se encuentra en trámite de recurso de casación, y al tenor de la norma prevista por el art. 96 de la LTC el recurso de amparo no procede contra resoluciones cuya ejecución estuviere suspendida por algún medio de defensa, recurso ordinario o extraordinario interpuesto con anterioridad por quien recurre de amparo y en cuya virtud pudieran ser revisadas, modificadas, revocadas o anuladas, lo que justifica no acoger en su integridad el contenido del presente recurso interpuesto por la actora.