SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0118/2006-R
Fecha: 01-Feb-2006
II.5.
II.5. El 30 de noviembre de 2005, el representado del recurrente presentó memorial con la suma “purga rebeldía” y entre otros solicitó incidente de nulidad por no haber sido notificado legalmente con la querella y otras audiencias (fs. 146), a lo que el Juez por Auto de 1 de diciembre dejó sin efecto la declaratoria de rebeldía y las medidas personales (fs. 146 vta). En la misma fecha, José Felipe Oña Paredes, presentó memorial a nombre del representado del recurrente denunciando los defectos absolutos, anunciando recursos constitucionales, ofreciendo prueba y pidiendo se suspenda el proceso por las irregularidades denunciadas (fs. 147 a 153 vta.), y el Juez por decreto de 1 de diciembre dispuso que se presente con la firma del recurrente y con la prueba que justifique su incomparecencia (fs. 154).