SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0156/2006-R
Fecha: 10-Feb-2006
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
Por memorial presentado el 19 de octubre de 2005, saliente a fs. 4 y vta., el recurrente expresa que encontrándose en Villa Dolores, empaquetando baterías de celulares, a horas 20:30 aproximadamente se acercaron tres policías del Regimiento “N°” 3 de la unidad satélite, los que sin identificarse, le dijeron que estaba detenido, por cuanto existía una denuncia en la Policía Técnica Judicial (PTJ), conduciéndolo ante la División Operaciones Especiales, donde evidenció la inexistencia de la misma.
Alega que, los policías que lo condujeron en calidad de detenido, señalaron ante el teniente Padilla que su persona se hallaba vendiendo celulares, lo cual es falso, procediendo luego a faccionar un informe de “acción directa”, donde figura una persona como denunciante, sin que esté especificado el motivo de la denuncia.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades y persona recurridas y petitorio
- a)
- procedente
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- requiriéndose, en ambos supuestos, que exista al menos una denuncia o investigación abierta contra esa persona”
- III.3.
- APRUEBA