SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0161/2006-R
Fecha: 10-Feb-2006
II.2.
II.2. Mediante Resolución Municipal 13/2005, de 16 de mayo el Concejo Municipal de Pampagrande, por decisión de la mayoría de sus miembros, integrados por Willy Ribera Cuellar, Presidente del Concejo Municipal -recurrido-, Adhemar Alvarez Pedraza, Secretario del Concejo, Visente Osinaga S., Vicepresidente Concejo, Florencio Ticlla F., Concejal y Rosmery Serrano S., Concejal, dispuso la destitución del actor de su cargo de Alcalde Municipal y su suspensión definitiva como Concejal titular por causales establecidas en el art. 25 de la LM, al tener pliego de cargo ejecutoriado en su contra girado dentro del proceso coactivo fiscal enviado por la Contraloría Departamental al Concejo Municipal. (fs. 14 a 16).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- Fragmento 5
- II.1.
- II.2.
- II.3
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- a) La legitimación pasiva como requisito de admisibilidad de forma del amparo y los efectos ante su inobservancia tanto en etapa de admisión, así como en revisión ante este Tribunal
- b) La legitimación pasiva de los entes colegiados
- fue aplicado a los casos en los que se impugnaban resoluciones u Ordenanzas Municipales, y en los cuales el recurso sólo fue dirigido contra el Presidente y el Secretario del Concejo Municipal.
- III.2. El caso de examen