SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0248/2006-R
Fecha: 15-Mar-2006
1)
Acto seguido, el apoderado del Comandante Departamental de la Policía Nacional, en la audiencia y en el informe que corre de fs. 129 a 130 vta., manifestó lo siguiente: 1) cuando el Batallón de Seguridad Física se encontraba sin asesor jurídico, el Comando a su cargo recomendó que Igor Ilich Echegaray Vargas sea contratado en esa condición, pero ignora cómo el nombrado “llevó a su esposa y hoy recurrente” a trabajar en esa unidad sin cumplir “lo establecido en la Ley SAFCO”; 2) carece de personería para ser demandado en el presente amparo constitucional, porque nunca contrató los servicios de la recurrente ni la despidió del Comando, tampoco se enteró del despido ni de las causales del mismo, de manera que “resulta de toda manera absurdo” que ahora sea demandado en este recurso; 3) Igor Ilich Echegaray Vargas, esposo de la recurrente, es funcionario policial y como tal tiene derecho a la “Caja de Salud” así como su esposa ahora recurrente y sus hijos, pero hasta la fecha no existe ningún informe de bienestar social sobre el “supuesto embarazo” de la actora, de modo que “para ese Comando Departamental este embarazo no existe”; y 4) la pretensión de la actora es llegar a ser funcionaria de planta, con un sueldo mayor al del mismo Jefe, lo que también está prohibido por ley.